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Establecen criterios para el despido por tardanzas

En la sentencia recaída en el Exp. Nº 0414-2013-PA/TC  sobre despido por tardanzas reiteradas, el Tribunal Constitucional señalaXNT que la impuntualidad reiterada es causal de despido siempre y cuando el trabajador haya sido previamente amonestado y suspendido por escrito.Fuente: Diario oficial “El Peruano” 

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