En la sentencia recaída en el Exp. Nº 0414-2013-PA/TC sobre despido por tardanzas reiteradas, el Tribunal Constitucional señalaXNT que la impuntualidad reiterada es causal de despido siempre y cuando el trabajador haya sido previamente amonestado y suspendido por escrito.Fuente: Diario oficial El Peruano
