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Equipos de protección otorgados a trabajadores deben cumplir las normas técnicas

En aplicación de la Ley N° 31246, que modifica la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo para garantizar los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, indistintamente de su régimen y modalidad laboral, los equipos de protección personal (EPP) que los empleadores de los sectores público y privado entreguen a sus trabajadores, de acuerdo con el tipo de trabajo y riesgos específicos presentes en el desempeño de sus funciones, deberán cumplir con las normas técnicas peruanas establecidas en la Resolución Directoral 005-2020-INACAL/DN. Asimismo, el costo de los EPP será asumido en su totalidad por el empleador, sin que ello genere un costo o retención salarial de ningún tipo al personal a su cargo.En ese sentido, resulta importante no solo cumplir con entregar al personal su respectivo EPP sino que también los empleadores deben brindar la capacitación respectiva a los trabajadores para su adecuado uso y que estos últimos sean responsables en su debida utilización.Fuente: Diario El PeruanoFecha: 30/06/2021

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.