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Entidades públicas y privadas están obligadas a cumplir con la cuota de empleo a personas con discapacidad

La jueza suprema Janet Tello Gilardi señaló que las entidades públicas y privadas están en la obligación de contratar a las personas con discapacidad (PCD) en los porcentajes establecidos por la legislación sobre este sector vulnerable, a fin de que puedan realizar trabajos dignos y adecuados. Este pronunciamiento se dio durante el seminario “Discriminación en el trabajo e inclusión laboral de las personas con discapacidad. Análisis comparado en la jurisprudencia Perú-España”, el mismo que fue organizado por la Comisión de Acceso a la Justicia, la cual preside, junto con la Universidad de La Coruña de España.

Al respecto, la Ley N° 29973 señala que las empresas públicas están obligadas a contratar PCD en una proporción no inferior al 5 % de la totalidad de su personal, y los empleadores privados, con más de 50 trabajadores, en una proporción no inferior al 3 %. Sobre ello, la magistrada indicó que un perfil sociodemográfico del INEI arroja que más del 39 % de la población de 14 y más años con alguna discapacidad participa en la actividad económica, pero desde el “subempleo y en condiciones indignas”.

Sin embargo, calificó de esperanzador los avances del país conseguidos en los campos legislativo y jurisprudencial en favor de las PCD, así como el cambio de la Convención Internacional, ya que el 2008 pasó de ser un modelo terapéutico y rehabilitador a uno social. Acotó, además, que antes de que las leyes peruanas modifiquen el reconocimiento de su capacidad jurídica, la judicatura trabajó el Protocolo de Atención de las Personas con Discapacidad, instrumento que ha permitido involucrarse en las necesidades de este sector.

Finalmente, recordó el “caso emblemático” del abogado cusqueño Edwin Béjar Rojas, actual juez con deficiencia visual “que no tuvo discapacidad para llegar a ejercer la magistratura, pero sí mucha discriminación” en su proceso de selección. Este magistrado, emitió la primera sentencia que aplicó el control difuso de convencionalidad para reconocer la plena capacidad jurídica de las personas con discapacidad, eliminando la interdicción, lo cual fue “la semilla de todos los cambios positivos dados en el país”.

Fuente: Diario El Peruano

Fecha: 11/07/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.