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En marzo se inicia la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros 2019-DAOT

Conforme lo establecido en la Resolución de Superintendencia N° 036-2016/SUNAT y modificatorias, a partir del 2 de marzo de 2020, empieza la presentación de la DAOT 2019, donde aquellos contribuyentes que realicen operaciones con terceros durante el ejercicio y que el monto de dichas operaciones sean mayores a 2 UIT, se encontrarán obligados a presentarla, siempre que, al culminar el ejercicio también cumplan con las siguientes condiciones: 1.- Sean Principales Contribuyentes (Pricos, nacionales o regionales) al 31 de diciembre del Ejercicio.2.- Durante el ejercicio sus ventas internas sean mayores a 75 UIT (S/ 315,000) y el monto de sus adquisiciones de bienes y/o servicios sean mayores a 75 UIT.3.- Las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que hayan realizado sólo operaciones inafectas del IGV en el Ejercicio y que tengan más de 10 trabajadores en planilla correspondiente a noviembre del Ejercicio 2019.Cabe mencionar, que las transacciones que no deben considerarse para efectos de la DAOT, entre otras, son aquellas anotadas en forma consolidada en el Registro de Ventas e Ingresos o en el Registro de Compras llevados de manera electrónica.El cronograma de prestación de la DAOT para el ejercicio 2019 es el siguiente:Cronograma DAOT 2019Último dígito del RUCVencimiento002/03/2020103/03/20202 y 304/03/20204 y 505/03/20206 y 706/03/20208 y 909/03/2020Buenos Contribuyentes10/03/2020

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.