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Empresas no pueden otorgar licencias sin goce de haber en Estado de Emergencia

Por motivo del Estado de Emergencia Nacional, se dispuso que los trabajadores con riesgo de salud (asma, de mayor edad, etc.) tendrían ”licencias con goce de haber”, es decir, descansos remunerados sujetos a una compensación posterior. Sin embargo, con respecto a los trabajadores que no se encontraban en estos grupos de riesgo la norma no hizo precisión alguna.Sobre el particular, especialistas en derecho laboral manifiestan que todos los trabajadores con o sin riesgo de salud deben contar con una licencia con goce de haber dada la situación extrema que amerita esta igualdad de condiciones.Sobre el particular, Pamela Navarro, directora del área laboral del estudio PPU, comenta que antes de llegar a utilizar medidas como la paralización de labores u otras medidas extremas, el empleador debe utilizar todas las herramientas legales con las que cuente, incluyendo el nuevo ”trabajo remoto” para poder garantizar los derechos de los trabajadores, incluyendo la licencia con goce de haber. ”Si es que la modalidad de trabajo remoto no pudiese desarrollarse, excepcionalmente, se usará la licencia de goce de haber.”, señala Navarro.Cabe señalar que el trabajo remoto es la nueva figura creada por el gobierno para uso durante el aislamiento social y que se asemeja a la modalidad de teletrabajo, pero con la diferencia que puede ser impuesta unilateralmente por el empleador, sin necesidad de acuerdo. Asimismo, no contempla el pago de compensaciones al trabajador por aportar su computadora o internet para el desarrollo de sus actividades.Fecha: 17/03/2020Fuente: Diario Gestión

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.