A solo 10 días del inicio del cronograma final para la regularización del impuesto a la renta 2020, unas 100,000 empresas ya presentaron, de forma anticipada, esta información ante la Sunat."La declaración anual se presenta vía internet, mediante el Formulario Virtual N° 710."Así, se estima que más de 700,000 empresas del régimen general o de Mype Tributario deben cumplir con presentar esta declaración anual. Mientras que no deben efectuarla las personas del nuevo RUS y del régimen especial de renta (RER).OportunidadDe acuerdo con la Sunat, la gran mayoría de las empresas acatan esta obligación en los plazos establecidos en el cronograma final, el cual, en esta oportunidad, va del 25 de marzo del 12 de abril, de acuerdo al último dígito del número de RUC.La declaración anual se presenta vía internet, mediante el Formulario Virtual N° 710 (simplificado o completo) que contiene información referencial del saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, así como el impuesto temporal a los activos netos (ITAN) que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta.Aquellas personas jurídicas que al efectuar la declaración anual tengan un impuesto por pagar, cuentan con la opción de acogerse de inmediato al beneficio del fraccionamiento y/o aplazamiento de la deuda tributaria, mediante el enlace habilitado al presentar la declaración. De lo contrario, pueden hacerlo a partir del sexto día hábil siguiente de la presentación de la declaración anual.Esta alternativa es para aquellas empresas que en el 2020 tuvieron ingresos que no superaron los 645,000 soles (150 UIT).En el caso de las empresas con ingresos anuales mayores a ese monto pueden acogerse al fraccionamiento desde el primer día hábil de mayo, por intermedio de Sunat Virtual.Al presentar esa solicitud, el contribuyente tiene la opción de solicitar el aplazamiento de su deuda hasta por seis meses, el fraccionamiento hasta por 72 meses o el aplazamiento y fraccionamiento.La tasa de interés aplicable al fraccionamiento es del 0.8% mensual. Solo se requerirán garantías siempre y cuando la deuda supere las 100 UIT.DevolucionesEn el caso de las personas jurídicas cuyos pagos a cuenta, retenciones o demás créditos con derecho a devolución del IR, sean superiores al tributo resultante, podrá solicitar el reembolso del saldo a su favor o pedir la compensación contra futuros pagos a cuenta y/o regularización del IR de los siguientes períodos tributarios.Para este año, además, se ha eliminado el uso del PDT 710 Renta Anual de Tercera Categoría.Para obtener más información sobre la Declaración Anual de Renta 2020, los contribuyentes pueden ingresar a la web especializada https://renta.sunat.gob.pe/Fuente: El PeruanoFecha: 17/03/2021
Empresas cumplen con regularizar el impuesto a la renta
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