La Corte Suprema, a través de la Casación Laboral Nº 19125-2016-La Libertad, en el caso seguido por un trabajador que presentó certificado de descanso médico por dorsolumbalgia, se determinó que los empleadores podrán visitar el domicilio del trabajador que se encuentra con descanso médico, así como solicitar la constatación policial que acredite que efectivamente sufre la dolencia diagnosticada y permanece en casa guardando el debido cuidado.De acuerdo con los hechos, el director laboral de PwC, Percy Alache, el área de bienestar social de la empresa al tomar conocimiento del la enfermedad padecida por el trabajador, realizó visitas a su domicilio para verificar la situación y evolución de su estado de salud mas no fue encontrado.Asimismo, la Corte confirmó que al retornar a su centro de labores, el trabajador fue sometido a evaluaciones médicas en las que se comprobó que no padecía la dolencia que había reportado en el certificado médico, razón suficiente para la empresa proceda a despedirlo debido a la entrega de data falsa. Fecha de Publicación: 26/07/2018 Fuente: diario El Peruano
Empleador puede examinar validez de certificado médico
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