Mediante la Casación Laboral Nº 9796-2014-La Libertad, la Corte Suprema establece que un empleador no puede despedir aXNT un trabajador que durante su licencia sin goce de haber laboró para un tercero si esta posibilidad no fue prohibida expresamente antes. De ese modo, fija un nuevo criterio judicial a fin de garantizar los derechos del trabajador con licencia sin goce de haberEn el presente caso, se aprecia que una universidad otorgó a uno de sus profesores una licencia sin goce de haber para que realizara estudios doctorales en una universidad francesa. No obstante, dicho trabajador no permaneció todo el tiempo de la licencia en Francia, sino que aprovechó esta situación para también brindar sus servicios profesionales como docente a otras universidades del país.Finalmente, se determina que el profesor universitario, en este caso, no estaba obligado a permanecer en Francia durante todo el tiempo concedido como licencia sin goce de haber, ni estaba prohibido de obtener ingresos económicos, producto de su trabajo prestado a terceros durante tal lapso. Por ello, en este proceso laboral se declaró inválido el despido y se ordenó la reposición del profesor universitario.Fecha de publicación: 24-10-2015Fuente: Diario El Peruano
El trabajador con licencia podrá prestar servicios de no existir prohibición expresa y previa
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