En el fallo del Tribunal Constitucional recaída en el Exp. 01571-2017-PA-TC se evidenció que dos magistrados de sus siete miembros cuestionan la reposición en el puesto de trabajo frente al despido arbitrario y que se desarrolló a partir de las sentencias de los años 2002 y 2003.En ese sentido, el magistrado, José Luis Sardón de Taboada, en su voto en contra señaló que el derecho del trabajo debe ser entendido como la posibilidad de acceder al mercado laboral dentro de los límites de la ley. Además la Constitución de 1993 establece que la ley otorga protección contra el despido arbitrario al trabajador y que solo se refiere a una indemnización determinada por ley.Asimismo, el magistrado, Augusto Ferrero Costa, refirió que el mandato de la Constitución es proteger adecuadamente al trabajador frente al despido arbitrario lo cual trae como consecuencia la reposición en todos los casos, pero los convenios internacionales firmados por el Perú lo facultan para optar por el pago de una indemnización en un despido.Fecha de publicación: 13/03/2019Fuente: diario Gestión
El despido arbitrario incluye reposición al puesto de trabajo
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