De acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 246-2017-Sunat, desde hoy lunes 16 de octubre, el azúcar, melazaXNT de caña y alcohol etílico vuelven a encontrarse sujetos a la detracción, con la tasa del 10%.Por lo tanto, se aplicará a la venta de bienes y al retiro considerado venta cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se origine a partir de hoy.Recuérdese que las detracciones son el descuento que se realiza el comprador/usuario de un bien o servicio afecto al sistema, de un porcentaje del importe a pagar, para luego depositarlo en la cuenta de detracciones del proveedor de los bienes/servicios.Fecha: 16.10.2017Fuente: diario oficial El Peruano
El azúcar, melaza de caña de caña y alcohol etílico regresan al SPOT
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