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Efectos de la ley de promoción de zonas altoandinas y otras medidas en la zona de la sierra

Recuérdese que la Ley N° 29482, Ley de Promoción para el Desarrollo de Actividades Productivas en zonas Alto Andinas, queXNT tiene por objeto promover y fomentar el  desarrollo  de actividades productivas y de servicios que generen valor agregado y uso de mano de obra en zonas altoandinas, exonera del IGV y el Impuesto a la Renta a los sujetos beneficiarios.En ese sentido, están comprendidas en los alcances de la Ley las personas naturales, micro y pequeñas  empresas,  cooperativas,  empresas  comunales  y  multicomunales  que  tengan  su domicilio fiscal, centro de operaciones y centro de producción en las zonas geográficas andinas ubicadas a partir de los 2,500 metros sobre el nivel del mar y las empresas en general que se instalen a partir de los 3,200 metros sobre el nivel del mar y se dediquen a las actividades de piscicultura, acuicultura, procesamiento de carnes en general, plantaciones forestales con fines comerciales o industriales, producción láctea, crianza y explotación de fibra de camélidos sudamericanos y lana de bovinos, agroindustria, artesanía y textiles.Paralelamente a ello, el Estado viene promoviendo la campaña “Cómprale a la Sierra, Cómprale al Perú”, que ha generado que la venta de los productos elaborados en dicha región se incremente en 50% en el presente año y que se prevé un igual incremento para el próximo año. Así, es una buena noticia para los empresarios de dichas zonas a fin de que con los beneficios citados se logre un crecimiento económico individual y de la comunidad en general.Fuente: El PeruanoFecha: 10/12/2013

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.