En el Informe N° 020-2019-Sunat/7T0000, de fecha 25 de febrero de 2019 y publicado en la página web de la Sunat el 26 de marzo de 2019 acerca de cuáles son los documentos que sustentan el crédito fiscal que proviene de la nacionalización automática de la mercancía admitida bajo el régimen de admisión temporal para reexportación en el mismo estado, la Administración Tributaria ha concluido de la siguiente manera: Los documentos que sustentan el crédito fiscal que proviene de la nacionalización automática de la mercancía admitida bajo el régimen de admisión temporal para reexportación en el mismo estado, prevista en el inciso b) del artículo 59° de la Ley General de Aduanas, en el supuesto que tal adquisición cumpla con los requisitos sustanciales y formales señalados en los artículos 18° y 19° del TUO de la Ley del IGV e ISC son la DAM y la liquidación de cobranza debidamente cancelada..
Documentos que sustentan el crédito fiscal que proviene de la nacionalización automática de la mercancía
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