Mediante la presente Resolución se dispone que, a partir del 1 al 14 de febrero del año 2021, todos los órganos jurisdiccionales y administrativos de la Corte Superior de Justicia de Lima, realizarán exclusivamente sus labores en la modalidad de trabajo remoto, en el horario de ocho (8) horas diarias.
Asimismo, se dispone que todas las audiencias deberán ser virtuales y aplicándose la normativa impartida para tal efecto, las mismas que deberán llevarse a cabo en las fechas ya programadas. Cuando no se cuente con las condiciones tecnológicas o de conectividad indispensables y ante casos de urgencia y emergencia, excepcionalmente podrá realizarse de modo presencial, para lo cual la Gerencia de Administración Distrital y las Administraciones de sede deberán dotar a los magistrados/as y servidores/as de las medidas de bioseguridad necesarias y garantizar su traslado.
Además, se dispone que todas las notificaciones deberán ser electrónicas a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) [https://casillas.pj.gob.pe/sinoe/login.xhtml], pudiendo realizarse las notificaciones físicas que establece la ley luego de levantadas las restricciones sanitarias.
Finalmente, se autoriza a los jueces/zas (despacho tradicional) y al administrador/a (despacho corporativo) a designar al personal a su cargo, autorizado a retirar los expedientes judiciales de los respectivos despachos, con la finalidad de realizar trabajo remoto. Los magistrados/as, el administrador/a y el personal a cargo autorizado deberán tramitar su pase personal laboral en la plataforma digital única del Estado Peruano, para poder transitar en la fecha y hora dispuesta por la Presidencia de la Corte.
Resolución Administrativa N§ 000049-2021-P-CSJLI-PJ