El Decreto Supremo Nº 009-2016-MIMP, reglamento de la Ley Nº 30364, dispone que será el Ministerio de Trabajo y Promoción XNTdel Empleo (MTE) el encargado de dictar medidas específicas para garantizar que ningún trabajador o trabajadora sea despedido de su centro laboral, como consecuencia de actos de violencia contra mujeres y miembros del grupo familiar. Cabe mencionar que dicho reglamento estipula, entre otros, que la víctima de violencia tendrá derecho a no ser despedido por causas relacionadas a dichos actos de violencia. Establece también el procedimiento para que la víctima de violencia pueda solicitar el cambio de lugar u horario, debidamente justificado. Fecha de publicación: 08/08/2016Fuente: Diario El Peruano.
Dictarán medidas para evitar despidos de trabajadores víctimas de violencia familiar
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