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Devolverían ISC al diésel a dueños de camiones y ómnibus

Las empresas de transporte publico interprovincial de pasajeros y las que prestan el servicio de transporte terrestre de carga podrán acceder, por tres años, al beneficio de la devolución del equivalente al 53% de Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) que forme parte del precio de venta del diésel B5 y diésel B20 con contenido de azufre menor o igual a 50 ppm.Así lo dispone el dictamen de ley que aprobó la Comisión de Transportes del Congreso, a iniciativa del Poder Ejecutivo, y que deberá ahora ser aprobado por el pleno y promulgado por el Gobierno para entrar en vigencia.En ese sentido, el transportista sujeto al beneficio del MTC para operar, deberá emitir comprobantes de pago electrónicos por la prestación de tales servicios en tanto este obligado a emitirlos, de acuerdo a las normas que publique la Sunat al respecto.Fecha de publicación: 03.07.2019Fuente: Diario Gestión

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.