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Devoluciones por pagos en exceso podrán solicitarse virtualmente

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), aprobó la solicitud de devolución de pagosXNT en exceso a favor del Impuesto  a la Renta (IR) de Tercera Categoría a través de Sunat Virtual.Para acceder a este servicio, el declarante deberá cumplir con los siguientes requisitos:No contar con una solicitud de devolución de pagos indebidos o en exceso por rentas de tercera categoría correspondientes al 2015 o pendientes de atención por la Sunat, según la Resolución N° 058-2016-Sunat.No haber sido notificados por una resolución que declare improcedentes, procedente o procedente en parte una solicitud por estas mismas pretensiones, según el Tributarista, Francisco Pantigoso.Por otro lado, la Ley del Impuesto a la Renta establece que si el monto de los pagos a cuenta excede el tributo que le toque abonar al obligado según su declaración jurada anual, este consignará el hecho en una declaración y el ente fiscal, previa comprobación, devolverá el exceso pagado.Fecha: 26.02.2016Fuente: Diario Oficial El Peruano

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.