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Declaran fundada en parte demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra diversas disposiciones de la Ley del Servicio Civil

Mediante sentencia recaída en el expediente Nº 00018-2013-PI/TC, el Tribunal Constitucional detalla que solo se ha alcanzadoXNT la mayoría de votos necesaria para declarar fundada en parte la demanda y, en consecuencia, inconstitucional la expresión “o judicial” del segundo párrafo de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30057.En los demás extremos de la demanda, no se ha alcanzado los cinco votos en favor de la inconstitucionalidad de la norma impugnada, por lo que la demanda es infundada en dichos extremos. En consecuencia, los cuestionados artículos 26, 31.2, 34.b, 40, 42, 44.b, 49.i, 49.k, 65, 72 y 77, así como la Tercera Disposición Complementaria Final, literal a) de la Novena Disposición Complementaria Final y Undécima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30057, del Servicio Civil y parte de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria, siguen siendo constitucionales.Fuente: Normas Legales – El peruanoFecha: 29.05.2014

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.