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Declaran el 23 de julio como feriado nacional

Tipo de Norma: Ley

Número de Norma: N° 31822

Fecha de Publicación: Sábado, 08 de julio de 2023

Por medio de la ley referida declaran Héroe Nacional al Capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales.

En tal sentido, modifican el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 713 – Consolidan la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, en los términos siguientes:

Artículo 6.- Son días feriados los siguientes:

– Año Nuevo (1 de enero)

– Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)

– Día del Trabajo (1 de mayo)

– Batalla de Arica y Día de la Bandera (7 de junio)

– San Pedro y San Pablo (29 de junio)

– Conmemoración al heroico sacrificio del Capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales  

  (23 de julio)

– Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)

– Batalla de Junín (6 de agosto)

– Santa Rosa de Lima (30 de agosto)

– Combate de Angamos (8 de octubre)

– Todos los Santos (1 de noviembre)

– Inmaculada Concepción (8 de diciembre)

– Batalla de Ayacucho (9 de diciembre)

– Navidad del Señor (25 de diciembre).

Vigencia: Desde el 09/07/2023

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.