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Declaración jurada de beneficiario final: Sujetos exceptuados

Como se sabe, el Decreto Legislativo Nº 1372 (publicado el 02/08/2018 y vigente desde el 03/08/2019) estableció de modo general que las personas jurídicas y entes jurídicos debían, entre otras obligaciones, identificar e informar sobre sus beneficiarios finales, estableciendo, de ese modo, en sus distintas normas, los parámetros para definir a los sujetos obligados a presentar la declaración, y los criterios para la identificación de los beneficiarios finales.Bajo ese contexto, a través del Decreto de Urgencia Nº 025-2019 (publicado el 12/12/2019 y respecto de las modificaciones al Decreto Legislativo N° 1372, vigente desde el 13/12/2019) se exceptúa de la presentación de la declaración de beneficiario final a las siguientes personas jurídicas y entes jurídicos:a) BCR del Perú, así como bancos e instituciones financieras cuyo capital sea 100 % de propiedad del Estado Peruano.b) Iglesia Católicac) Entidades de la Administración Públicad) El FONAFEe) Embajadas, misiones diplomáticas, oficinas consulares, organizaciones u organismos internacionales acreditados ante el Estado Peruano.f) Universidades Públicas, Institutos y Escuelas Superiores Públicos, Centros Educativos y Culturales Públicos.g) Empresas públicas cuyo capital al 100 % es de propiedad del Estado Peruano.Asimismo, se prevé que la Sunat, mediante resolución de superintendencia podrá aprobar otros supuestos de excepción a la presentación de la declaración jurada de beneficiario final.Por último, se hace una modificación relativa a los criterios para determinar el beneficiario final en el caso de entes jurídicos. Así se precisa que ”En el caso de fideicomisos o fondo de inversión las personas naturales que ostentan la calidad de fideicomitente, fiduciario, fideicomisario o grupo de beneficiarios y cualquier otra persona natural que teniendo la calidad de partícipe o inversionista ejerza el control efectivo final del patrimonio o tenga derecho a los resultados o utilidades en un fideicomiso o fondo de inversión, según corresponda”.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.