El sistema de detracciones es un sistema administrativo que apoya la recaudación de determinados tributos al establecer que el comprador o usuario de un bien o servicio afecto al sistema, detraiga (descuente) un porcentaje del importe a pagar por estas operaciones, para luego depositarlo en el Banco de la Nación del Perú (BNP), en una cuenta corriente a nombre del vendedor o prestador del servicio, luego el vendedor puede usar estos fondos para el pago de tributos, multas tributarias impuestas por Sunat, entre otros.
Considerando lo expuesto, en la siguiente nota presentamos aspectos relevantes vinculados a la apertura de la cuenta de detracciones, tanto cuando se realiza a solicitud de parta, como de oficio por parte de la Sunat y el BNP.
1. Principales aspectos sobre la cuenta de detracciones
En relación a la cuenta de detracción se debe tener presente lo siguiente (artículo 8 del D.S. Nº 155-2004-EF, TUO del D. Leg. Nº 940):
Los montos depositados en esta cuenta tendrán el carácter de intangible e inembargable, salvo cuando tenga deudas por las que Sunat inició el procedimiento de cobranza coactiva. |
Esta cuenta es obligatoria (*) la cual debe ser abierta a solicitud del titular de la cuenta (**) o de oficio por el BNP |
El BNP comunicara mensualmente a la Sunat: la relación de las cuentas bancarias abiertas, indicando el nombre, número de RUC del titular y el número de la cuenta y los montos depositados en las cuentas y los nombres de los sujetos obligados a efectuar los depósitos. |
La Sunat podrá celebrar convenios con empresas del sistema financiero a efecto que se abran las cuentas y se realicen los depósitos a que se refiere el Sistema. (***) |
(*) Siempre y cuando el proveedor realice actividades sujetas a la detracción.
(**) El cual puede ser una persona natural con negocio o persona jurídica
(***) Tener presente que al día de hoy no hay convenio vigente con alguna otra empresa del sistema financiero
2. Requisitos para la apertura de la cuenta de detracción en el BNP
Para abrir la cuenta de detracción el contribuyente debe cumplir con los siguientes requisitos:
Para personas naturales | Para personas jurídicas |
Carta firmada por el titular solicitando la apertura de la cuenta corriente. | Declaración jurada para apertura de cuenta corriente de detracciones. |
Documento de identidad (DNI) original o, en caso de extranjeros, copia simple del carnet de extranjería, pasaporte o carnet de Permiso Temporal de Permanencia (PTP), vigentes. | Copia simple de Ficha RUC actualizada, condición de activo y con domicilio fiscal habido. |
Copia simple de la Ficha RUC actualizada con estado activo y con domicilio fiscal habido. | DNI original, o, en caso de ser extranjero, copia simple del carnet de extranjería, pasaporte o PTP de las personas autorizadas al manejo de la cuenta corriente. |
Registro de firma de la persona autorizada para el manejo de la cuenta corriente. | Registro de firma de la persona autorizada para el manejo de la cuenta corriente. |
2.1. ¿Puede abrir la cuenta un tercero distinto al titular?
En caso de que la persona natural o el representante legal de la persona jurídica no se acerquen para abrir la cuenta corriente de detracciones, pueden autorizar a un tercero mediante carta poder simple, remitiendo la carta o declaración jurada de apertura, ficha RUC y registro de firmas debidamente firmadas. Esta persona debe mostrar su documento de identidad vigente.
Finalmente, el proceso de apertura de cuenta de detracción se puede reflejar en lo siguiente:
Generada la cuenta de detracciones, en ese momento podrá solicitar que le faciliten un usuario y contraseña para que pueda consultar sus movimientos mediante la web institucional del BNP (www.bn.com.pe).
3. Apertura de oficio de la cuenta de detracciones[1]
Se realiza la apertura de oficio, siempre y cuando el cliente haya verificado que su proveedor no tiene cuenta de detracciones y este no procede a realizar la apertura.
Para ello el cliente deberá comunicar el hecho a la Sunat, para que esta se encargue del trámite de la cuenta de detracciones de su proveedor.
i) Requisitos para la apertura de oficio de la cuenta de detracciones
Para la apertura de oficio de la cuenta de detracción, el cliente deberá presentar una solicitud a la Sunat, la cual deberá contener la siguiente información:
– RUC y Nombre o razón social del proveedor. |
– Domicilio fiscal del proveedor. |
– Tipo de servicio prestado o bien vendido. |
– Importe de la operación sujeta a detracción. |
ii) Procedimiento de apertura de oficio de la cuenta de detracción
Presentada la solicitud, la Sunat procede a realizar lo siguiente:
4. Modificaciones de datos o representantes de la cuenta
Para modificar los datos o representantes de la cuenta, el representante legal autorizado deberá acercarse a la agencia del BNP y presentar una carta donde solicite el cambio, revocación o aumento de representante. Esta carta deberá contener:
a. Número de cuenta corriente
b. Número y tipo de documento de identidad de los nuevos representantes legales
En el caso de extranjeros, agregar copia legalizada del carnet de extranjería actualizado, pasaporte con menos de 5 años de emisión o PTP vigente de las nuevas personas autorizadas al manejo de la cuenta corriente.
c. Vigencia de poderes emitido por la Sunarp con una antigüedad no mayor a 10 días calendario para Lima; y, 15, para provincia.
d. Copia legalizada de la junta de accionistas o acuerdo de directorio donde figute la modificación.
e. Registro de firmas (manuscrita) de las personas autorizadas al manejo de la cuenta corriente.
5. Formatos a utilizar para la apertura de la cuenta de detracción y modificación de representante legal
Asimismo, para realizar la apertura de cuenta corriente de detracciones y modificación del representante legal de la cuenta puede utilizar los modelos que figuran en los siguientes links:
- Declaración jurada para apertura de cuenta corriente de detracciones.
- Registro de firma de la persona autorizada para el manejo de la cuenta corriente.
https://www.bn.com.pe/clientes/cuentas-bancarias/archivos/tarjeta-registro-firmas.pdf
- Carta para revocar, modificar o aumentar al representante legal de la cuenta corriente de detracciones.
Fuente: Staff de Contadores & Empresas
Fecha: 09/07/2024
[1] Información obtenida del siguiente link: https://www.gob.pe/12953-solicitar-apertura-de-oficio-de-cuenta-de-detracciones-de-tu-proveedor