Mediante el Informe N° 061-2018-Sunat/7T0000, de fecha 27 de junio de 2018 y publicado en la página web de la Sunat el 10 de julio de 2018, la Administración Tributaria ha concluido de la siguiente manera:En el marco de los contratos de concesión de obras públicas de infraestructura y de servicios públicos celebrados durante la vigencia del TUO de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por el Decreto Supremo N.° 059-96-PCM, para establecer qué debe entenderse por el ejercicio en el que se inició la explotación, deberá atenderse a lo estipulado por las partes en cada contrato en particular.
¿Cuándo se considera iniciada la explotación para la amortización de los gastos preoperativos?
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