La tercera Sala de Derecho Constitucional de la Corte Suprema de Justicia habría dictado un pronunciamiento a favor de la Sunat XNTen el litigio que esta tenía contra Telefónica del Perú, respecto del pago de retenciones del Impuesto a la Renta, de sus proveedores satelitales no domiciliados en el Perú durante los años 1999, 2003 y 2004 por el uso económico en territorio peruano, de sus señales electromagnéticas.En una primera instancia, el Tribunal Fiscal dictó un pronunciamiento favorable a Telefónica del Perú, respecto de los pagos a sus proveedores Intelsac y France Telecom (con domicilio en Estados Unidos) por el uso económico, en territorio peruano, de sus señales electromagnéticas.Por su parte la Sunat señaló que el impuesto a la renta se debe abonar en ambos países (Estados Unidos y Perú), debido a que no existe convenio para evitar la doble tributación.Así, el argumento de Telefónica del Perú que indicaba que los pagos a Intelsat y France Telecom no se encuentran gravados puesto que realizan el íntegro de la operación satelital en el espacio exterior, habría sido desestimado por la Corte Suprema, por lo tanto la empresa de telecomunicaciones tendría que abonar al Estado Peruano, los pagos por retenciones del Impuesto a la Renta de los años señalados, por servicios satelitales.Fecha: 16.04.2018Fuente: Diario Gestión
CS habría fallado a favor de la Sunat en litigio con Telefónica del Perú
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