La Corte Suprema, en la Casación Laboral Nº 9072-Amazonas, estableció como principal criterio jurisprudencial que para que un trabajadorXNT decida ejercer alguna acción por hostilización de la reducción de haberes y extinguir el contrato laboral, dicha disminución remunerativa deberá ser continua y muy perjudicial.Según manifiesta la Corte, para que la reducción inmotivada de las remuneraciones se configure como un acto de hostilidad, no basta que el empleador hubiera incumplido su obligación, sino que esta constituya gravedad y continuidad, que perjudique de sobremanera al trabajador. Fecha de publicación: 23/05/2016Fuente: Diario El Peruano.
CS fija criterio sobre hostilización de la reducción de haberes
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