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Criterios para el pago de gratificaciones

El especialista Richard Culque sostuvo que la gratificación por fiestas patrias que deberá ser pagada hasta el 15 de julio, correspondeXNT a todos los trabajadores del régimen privado que laboren en planilla y que hayan laborado un mes como mínimo. De ese modo, para efectuar el cálculo los empleadores deberán tomar en cuenta el sueldo base más las remuneraciones variables, siempre que estos últimos hayan sido percibidos como mínimo durante tres veces en el periodo de seis meses.El pago de este beneficio no descuenta los aportes destinados a la AFP u ONP. De igual forma, la aportación del 9% que el empleador realiza a Essalud se brinda al trabajador como una gratificación extraordinaria y que en el caso que el trabajador esté afilado a una EPS se le abonará solo 6,75 %.Fecha de publicación: 10/07/2017.Fuente: Diario Oficial El Peruano.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.