Tipo de Norma: Decreto Supremo
Número de Norma: N° 081-2022-PCM
Fecha de Publicación: Domingo, 10 de julio de 2022
La resolución referida dispone crear la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar los informes técnicos que contengan una evaluación del sistema previsional peruano, así como una propuesta normativa para crear el nuevo sistema de pensiones, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros.
De la conformación
La Comisión Multisectorial está conformada por:
- El presidente del Consejo de Ministros, quien la preside.
- El viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas
- El viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas.
- El viceministro de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
- Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros.
- Un representante del Banco Central de Reserva del Perú.
- Un representante de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Es importante mencionar que los integrantes de la Comisión Multisectorial cuentan con un representante alterno. Asimismo, que el ejercicio de las funciones de los integrantes titulares y alternos de la Comisión Multisectorial es ad honorem.
De las funciones
La Comisión Multisectorial tiene las siguientes funciones:
- Elaborar un informe técnico que contenga una evaluación de la situación actual del sistema previsional peruano.
- Elaborar un informe técnico que contenga una propuesta normativa para crear el nuevo sistema de pensiones, sin afectar la sostenibilidad fiscal.
De la designación de representantes
Las entidades públicas que conforman la Comisión Multisectorial designan a sus representantes titulares y alternos, mediante comunicación escrita dirigida a la Presidencia del Consejo de Ministros, dentro del plazo máximo de 5 días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación del presente decreto supremo en el diario oficial El Peruano.
De la instalación
La Comisión Multisectorial se instala en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de vencimiento del plazo previsto para la designación de sus representantes.
Vigencia: La Comisión Multisectorial tiene un período de vigencia de 6 meses, contados a partir de su instalación.