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Crean el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal para elaborar lineamientos para fortalecer ESSALUD

Tipo de Norma: Resolución Ministerial

Número de Norma: N° 306-2022-TR

Fecha de Publicación: Domingo, 13 de noviembre de 2022

A través de la resolución citada se crea el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (en adelante, “el Grupo de Trabajo”, cuyo objeto es realizar un diagnóstico del estado situacional y elaborar lineamientos para la reforma y fortalecimiento del Seguro Social de Salud – ESSALUD para la mejora de la calidad y oportunidad de las prestaciones y servicios para los asegurados, la sostenibilidad financiera institucional, y la generación de políticas de integridad, transparencia y lucha anticorrupción.

De la conformación

  1. El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, y el Viceministro de Trabajo como representante alterno, quien la preside.
  2. Un representante del Despacho Viceministerial de Trabajo.
  3. Un representante del Gabinete de Asesores.
  4. Un representante de la Dirección General de Trabajo.
  5. Un representante de la Secretaría General.
  6. Un representante de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Trabajo.
  7. Un representante de la Dirección de Investigación Socio Económico Laboral.
  8. Dos representantes del Seguro Social de Salud – ESSALUD.
  9. Dos representantes de los consejeros del Consejo Directivo de ESSALUD que representan a los empleadores. Uno en representación de la media y gran empresa, y otro en representación de la pequeña y microempresa.
  10. Dos representantes de los consejeros del Consejo Directivo de ESSALUD que representan a los trabajadores y pensionistas. Uno en representación de los trabajadores del régimen laboral público y privado, y otro en representación de los pensionistas.

Cabe mencionar, que los miembros del Grupo de Trabajo cuentan con un representante alterno, el cual se designa mediante documento remitido a la Secretaría Técnica. Asimismo, los miembros del Grupo de Trabajo ejercen sus funciones ad honorem.

De la designación

Los representantes que conforman el Grupo de Trabajo señalados en el artículo precedente, se acreditan ante la Secretaría Técnica, mediante comunicación escrita, en un plazo que no excede de 5 días hábiles contados a partir de la fecha de la publicación de la presente resolución.

De las funciones

El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:

  1. Elaborar un informe que contenga el diagnóstico del estado situacional del Seguro Social de Salud – ESSALUD.

De la asistencia técnica de la OIT

El Grupo de Trabajo, para el cumplimento de su objeto, puede contar con la asistencia técnica de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y la Organización Iberoamericana de la Seguridad Social (OISS).

De la instalación

El Grupo de Trabajo se instala dentro de los 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

De la vigencia

El Grupo de Trabajo tiene una vigencia de 60 días hábiles contados desde su instalación, debiendo presentar al Despacho Ministerial el informe final que contenga la propuesta de lineamientos de gestión para el fortalecimiento del Seguro Social de Salud – ESSALUD. No obstante, mediante resolución ministerial se puede ampliar por única vez hasta por un periodo similar el plazo de vigencia.

Vigencia: Desde el 14/11/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.