La Corte Suprema tras resolver la Casación Nº 4637-2014-La Libertad validó que el trabajador con jornada atípica puede tenerXNT derecho al pago por las horas extras.En el presente caso, un trabajador tenía una jornada atípica a razón de 14 días de labor consecutiva seguidos de 7 de descanso, a razón de 12 horas diarias. En este sentido, tras realizar la operación aritmética respectiva, se verificó que el empleador no retribuía bien las horas extras laboradas. Así, para el Colegiado Supremo, en la jornada de trabajo citada se generaron 56 horas extras. Se precisa que, de los siete días de descanso tres eran los días de descanso semanal obligatorio durante el periodo de tres semanas quedando cuatro días, es decir, 32 horas, que compensan el equivalente de horas extras.Por lo tanto, la diferencia serían 24 horas extras, que deberían ser pagadas por el empleador al trabajador por cada ciclo de trabajo atípico, refiere un informe de Miranda & Amado Abogado.Fecha de publicación: 22.04.2015Fuente: El Peruano
Corte Suprema: Trabajador con jornada atípica puede tener derecho al pago por las horas extras
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