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Corte Suprema se pronuncia sobre la facultad de reexamen en materia tributaria

Cómo es de conocimiento general, el artículo 127 del Código Tributario, regula la facultad de reexamen, entendida como la posibilidad que tiene el órgano encargado de resolver una controversia en materia tributaria (como el Tribunal Fiscal), de hacer un nuevo examen de los aspectos vinculados al asunto controvertido.

Mediante la Casación Nº 14263-2019 Lima, la Corte Suprema se pronuncia sobre la delimitación de dicha facultad de reexamen, precisando que no es irrestricta, en el sentido que el nuevo examen debe referirse sólo a los aspectos referidos del asunto objeto de discusión.

Asimismo, en la citada resolución se indica que en consonancia con el principio de congruencia procesal, no es admisible, que el Tribunal Fiscal introduzca como materia de controversia aspectos que no corresponden al asunto controvertido, que ni el contribuyente ni la Administración han cuestionado en sede administrativa.

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Fuente: Staff Contadores & Empresas

Fecha: 07/06/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.