El trabajador sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276 que sufre un daño por ejecutar obligaciones provenientesXNT de su vínculo con su empleador puede optar por la vía contenciosa administrativa o la civil para obtener el resarcimiento correspondiente.Más aún si el daño sufrido por el trabajador proviene de la arbitraria finalización del vínculo laboral efectuado por el empleador.Dicho criterio fue fijado por la Corte Suprema mediante la Casación N° 209-2013 Lima, señalando además que en caso de que el trabajador opte por la vía civil, es perfectamente factible que el análisis de los hechos para determinar la existencia o inexistencia de responsabilidad pueda ser realizado teniendo como premisa las normas correspondientes a la responsabilidad civil.Fuente: El PeruanoFecha: 06.05.2014
Corte Suprema revalida vía procedimental para que trabajadores del sector público demanden indemnización por daños y perjuicios
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