Mediante la casación Nº 1486-2012-LIMA, la Corte Suprema estableció que los convenios de reducción de remuneración deben cumplirXNT con algunos requisitos.Así, tal acuerdo debe quedar por escrito y debe ser excepcional es decir, solo cuando la situación financiera del empleador exija adoptar medidas que reduzcan sus costos como la rebaja de remuneraciones.De no haber una justificación en la reducción del sueldo o categoría del trabajador, dicho convenio será nulo y considerado un acto de hostilidad de la empresa. Fuente: Diario Gestión Fecha: 27.06.2014
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