Según la Casación laboral Nº 3034-2012-Lima, el Poder Judicial estableció que si a un trabajador no se le asignan funciones,XNT es decir, en caso de que se le otorgue una retribución por no ejecutar tareas, se puede considerar como un acto de hostilidad que afecta la dignidad del trabajador.En el presente caso, la Corte Suprema amparó la demanda de un trabajador que solicitó a su empleador que se le designe funciones, ya que pese a estar estipuladas en su contrato de trabajo, no se les permitía ejercerlas. Por su lado, la empresa alegó que se trataba de una situación de reubicación del trabajador no obstante, no pudo probar en el juicio dicho aserto.Finalmente, la Corte Suprema precisó que cuando la empresa asigne funciones a sus trabajadores, debe probar la realización de las tareas encomendadas, de lo contrario se crea un sentimiento de insatisfacción a nivel laboral.Fecha de publicación: 27-08-2015Fuente: Diario Gestión

Corte Suprema: No asignar labores al trabajador se puede configurar como un acto de hostilidad
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