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Corte Suprema fija criterios sobre el plazo de interposición de demandas de reposición

El II Pleno laboral de la Corte Suprema zanjó la discusión acerca del plazo de caducidad de las demandas de reposición por despidoXNT incausado, fraudulento y otros.En esta segunda reunión, los jueces supremos establecieron que el plazo máximo para interponer la acción de reposición es de 30 días hábiles (y no de 60 días o 10 años como algunos juzgados habían estado aplicando). Asimismo, precisó que las acciones de amparo planteadas por este motivo serán reconducidas a los juzgados laborales siempre que no superen 30 días contados desde la presentación de la demanda ante el juzgado civil o constitucional.Fuente: Diario GestiónFecha: 07.07.2014

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.