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Corte Suprema: establece criterio jurisprudencial sobre los deberes del registrador con la finalidad de agilizar las transacciones inmobiliarias

Mediante la sentencia recaída en la Casación N° 2952-2012, la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema estableció como criterioXNT jurisprudencial que el registrador público, al calificar y evaluar los títulos ingresados par su inscripción debe confrontar el tracto sucesivo de las partidas registrales en las que se inscribirán y verificar las partidas de los otros registros vinculados a los actos inscribibles. Todo ello, con la finalidad de otorgar seguridad jurídica a los derechos inscritos, proteger el tráfico y agilizar las transacciones inmobiliarias evitando una posible superposición de áreas o una duplicidad registral.En cuanto a la sustentación de esta sentencia, se consideraron los artículos 31 del Reglamente General de los Registro Públicos y los artículos 2011 y 2012 del Código Civil.Fuente: El PeruanoFecha: 17.02.2014

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.