La Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia, estableció un nuevo precedente referido a los elementosXNT constitutivos del hostigamiento sexual en el trabajo en la Casación N° 3804-2010-Del Santa.Para el referido Colegiado, también constituirán actos de hostigamiento sexual las llamadas innecesarias para que se presente ante el acosador la persona acosada o la exposición ante esta de materiales de contenido sexual. Fuente: Diario Oficial El Peruano
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