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Convenio sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo

Mediante la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los art&iacuteculos 56&ordm inciso 1) y 102&ordm inciso 3 de la Constitución Pol&iacutetica del Per&uacute y el primer p&aacuterrafo del art&iacuteculo 2&ordm de la Ley N&deg 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano, se remite al Congreso de la Rep&uacuteblica la documentación relativa al &ldquoConvenio sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo&rdquo, adoptado el 21 de junio de 2019 por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Vigencia: Desde el 24/01/2021

Resolución Suprema Nø 008-2021-RE

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.