Mediante el presente dispositivo, se busca establecer un régimen de control previo de operaciones de concentración empresarial con la finalidad de promover la competencia efectiva y a la eficiencia económica en los mercados para el bienestar de los consumidores.
Cabe señalar que la presente norma es aplicable a los actos de concentración empresarial, conforme a los umbrales previstos en la norma, que produzcan efectos en todo o en parte del territorio nacional, incluso a los actos de concentración que se realicen en el extranjero y vinculen directa o indirectamente a entidades que desarrollan actividades en el país.
La norma ha previsto entre otros, los supuestos en los que existe una operación de concentración empresarial o no. Además para determinar la existencia de concentración se considerarán factores como la estructura del mercado involucrado, la competencia real o potencial de los agentes económicos en el mercado, la evolución de la oferta y la demanda de los productos y servicios de que se trate, entre otros.
Finalmente, cabe resaltar que la entidad encargada de este control previo de operaciones de concentración empresarial es INDECOPI.
Vigencia: desde el 05 de febrero de 2021.
Ley Nø31112