El Tribunal Constitucional (TC) estableció en la sentencia recaída en el Expediente Nº 0662-2014-PA/TC, que los contratos de suplenciaXNT no pueden ser usados por las empresas para contratar a personal que cubran el puesto de un trabajador despedido que cuestiona su cese ante el poder judicial.En el caso el TC determinó que el trabajador demandante no había sido contratado bajo la modalidad del contrato de suplencia para reemplazar a un trabajador con vínculo laboral suspendido, tal como lo indica el artículo 61 del Decreto Supremo Nº 003-97-TR, sino a un extrabajador despedido.En ese sentido, declaró que la contratación no correspondía a la causa objetiva de un contrato de suplencia, razón por la cual se habría desnaturalizado por la existencia de una simulación o fraude.Fecha de publicación: 09/08/2017.Fuente: diario El Peruano.
Contrato de suplencia no se puede usar para reemplazar a trabajador despedido
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