Mediante el Decreto Supremo N° 025-2021-SA se prorrogó la emergencia sanitaria nacional por un plazo de 180 días calendarios desde el 3 de setiembre hasta el 1° de marzo del 2022. Con dicha prórroga también se extiende la vigencia de la obligación de las empresas de cumplir las disposiciones fijadas para el mantenimiento de las relaciones labores durante la pandemia generada por el covid-19. En ese sentido, prosigue la obligatoriedad de anteponer la implementación del trabajo remoto para el personal que integre el grupo de riesgo, advierte el Estudio Echecopar, asociado a Baker & McKenzie International, al analizar el mencionado Decreto.
Fuente: Diario El Peruano
Fecha: 20/08/2021