Síguenos
Compra: 3.61
Venta: 3.45
Compra: 3.61
Venta: 3.45

Constituye gasto deducible la participación en las utilidades de los trabajadores

El monto de las participaciones de las utilidades que corresponda a los trabajadores en planilla por el ejercicio 2015 podrá deducirseXNT como gasto en la declaración jurada anual del impuesto a la renta. Así, esta distribución deberá realizarse antes de la presentación de la declaración jurada anual.Sin embargo, César Puntriano, socio de PWC – Perú, afirma que para fines laborales la  participación de utilidades de los trabajadores debe ser abonada dentro de los 30 días posteriores al vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada anual  del Impuesto a la Renta (IR).Cabe precisar que las empresas obligadas a distribuir utilidades son aquellas que desarrollan actividades generadoras de renta de tercera categoría, salvo que se trate de  cooperativas, empresas autogestionarias, sociedades civiles o empresas que no tengan más de 20 trabajadores. Asimismo, las utilidades legales solo están gravadas con el  impuesto a la renta de quinta categoría y al momento que el trabajador percibe el beneficio debe recibir una liquidación  respecto  de las mismas. Fecha: 21. 03.2016Fuente: El Peruano

What's your reaction?
Happy0
Lol0
Wow0
Wtf0
Sad0
Angry0
Rip0
Leave a Comment

HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.