Para mitigar el impacto económico de la declaratoria de emergencia nacional y de la emergencia sanitaria en el país, en especial en las micro, pequeñas y medianas empresas, la administración tributaria dispuso importantes medidas a favor de estos emprendedores.La primera se refiere a que se aplicará la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tributarias en que se incurra durante la emergencia, señaló el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) red Cite.Luego, la prórroga de la declaración anual del Impuesto a la Renta e Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) y la prórroga de la declaración mensual del Impuesto a la Renta (IR).La Sunat amplía asimismo el plazo para emitir documentos autorizados sin el sistema de emisión electrónica hasta el 31 de mayo y se prorrogan las deudas con aplazamientos concedidos hasta el 15 de marzo pasado, remarca el ITP.Fecha de publicación: 30/03/2020Fuente: diario El Peruano
Conozca los beneficios fiscales para las mipymes
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