Los peruanos podrían contar de forma oficial con «días puente festivos» que permitirán que se configuren anualmente feriados largos para fomentar el turismo interno, según una propuesta legislativa del Congreso de la República.
La congresista Adriana Tudela (Avanza País) presentó el Proyecto de Ley N° 05095/2022-CR que tiene por objeto reconocer la figura de los «días puente festivos» al declararlos días no laborables.
De este modo, se propone incorporar el artículo 6-A al Decreto Legislativo N° 713, mediante el cual se consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
La iniciativa declara como «días puente festivos» las siguientes fechas:
-Los días lunes del año, cuando el día martes posterior sea feriado conforme a ley.
-Los días viernes del año, cuando el día jueves previo sea feriado conforme a ley.
-Los días lunes y martes del año, cuando el día miércoles posterior sea feriado conforme a ley.
Además, el proyecto establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) desarrollará actividades y campañas que promuevan el turismo interno durante los feriados nacionales con puentes festivos, en conjunto con autoridades regionales y locales.
Adicionalmente, el Mincetur deberá informar al Parlamento sobre las actividades realizadas al amparo de la referida norma cada 1 de julio.
Las horas dejadas de trabajar serán compensadas en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad. Las empresas del sector privado también podrán acogerse a dichos días bajo previo acuerdo entre el empleado y sus trabajadores.
También se señala que la Comisión Especial Multipartidaria encargada del Ordenamiento Legislativo (CEMOL) del Congreso, o quien haga de sus veces, evaluará la efectividad y eficacia de la norma en el tiempo. En caso determine su inefectividad o ineficacia, elevará un informe a la Comisión principal dictaminadora, recomendando su derogación.
La congresista Tudela argumenta que, en la actualidad, los «días puentes» no cuentan con una norma de rango legal. «Sin embargo, es costumbre por parte del Poder Ejecutivo regular estas fechas con el objetivo de crear ‘fines de semana largos’ destinados a fomentar el turismo interno en el país«.
¿Qué días serían no laborables en 2024?
Con este proyecto de ley, para el 2024 se contará con un total de 6 días puente festivos con carácter de días no laborables recuperables en las siguientes fechas:
-Mayo 2024: El miércoles 1 de mayo es día feriado por ser el Día del Trabajo.
Acorde a la presente propuesta, se establecería el Junes 29 y martes 30 de abril de 2024 como días puente festivos.
-Agosto 2024: El martes 6 de agosto es día feriado por la Batalla de Junin. Acorde a la presente propuesta, se establecería el lunes 5 de agosto de 2024 como día puente festivo.
-Octubre 2024: El martes 8 de octubre es día feriado por el Combate de Angamos. Acorde a la presente propuesta, se establecería el lunes 7 de octubre de 2024 como día puente festivo.
-Diciembre 2024: El miércoles 25 de diciembre es día feriado por la Navidad del Señor. Acorde a la presente propuesta, se establecerla el lunes 23 y martes 24 de diciembre de 2024 como días puente festivos.
Para el 2025, se configurarían 2 días puente en enero, 1 en mayo, 2 en agosto, 2 en octubre; y 1 en diciembre, dando un total de 8 días no laborables.
«En consecuencia, el presente proyecto de ley generará predictibilidad de los días no laborables en todos los años siguientes, sin la necesidad imperante de esperar la emisión de normativa infralegal. De este modo, se generará un entorno más planificado del turismo interno, facilitando a los ciudadanos programar sus vacaciones y permitiendo a los agentes partícipes del sector turismo establecer estrategias y campañas can la debida anticipación«, precisa la propuesta.
Fuente: Agencia Andina
Fecha: 21/05/2023