A través de su portal web institucional, la SUNAT ha emitido un comunicado referente a las precisiones sobre la presentación de la solicitud de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo para los transportistas que prestan el servicio de transporte terrestre regular de ámbito nacional.
“Estimado/a contribuyente:
Si usted desea presentar una solicitud de devolución referida al beneficio del Impuesto Selectivo al Consumo para los Transportistas (tipo 35), de acuerdo con los alcances del Decreto de Urgencia N° 012-2019, pero ha incurrido en sanciones que han generado multas de transporte o de tránsito impuestas por las infracciones que se detallan en el Anexo I del Decreto Supremo N° 419-2019-EF y modificatorias, que se encuentren en calidad de firmes o respecto de los cuales se haya agotado la vía administrativa, deberá remitir a la Administración Tributaria, la información del archivo denominado «Detalle de CdP ISC Transportistas» ubicado en el numeral 09, indicando el consumo de combustible de las facturas electrónicas que sustentan la devolución por cada unidad vehicular, la misma que es de vital importancia en la resolución de la solicitud que presente.
La información deberá ser remitida por Mesa de Partes Virtual o Mesa de Partes en los Centros de Servicios al Contribuyente.
Lima, 19 de agosto de 2021”
Fuente: Web Institucional de Sunat
Para acceder al comunicado, puede ingresar al siguiente enlace: https://tinyurl.com/75mrbada