A través de su portal web institucional, la SUNAT ha emitido un comunicado respecto a las implicancias del fin de la Emergencia Sanitaria en los procedimientos que se realizaban de manera temporal a través de la Mesa de Partes Virtual de la Sunat:
“El 25 de mayo culminó la Emergencia Sanitaria declarada por el Decreto Supremo N° 008-2020-SA y prórrogas.
En ese sentido, aquellos procedimientos que se realizaban de manera temporal durante la referida emergencia sanitaria a través de la Mesa de Partes Virtual de la SUNAT1 se efectuarán a través de SUNAT Operaciones en Línea – SOL, los APP Personas, Emprender y/o los Centros de Servicios al Contribuyente ubicados a nivel nacional.
Para más información comuníquese con nuestra Central de Consultas: (01) 3150730 / 0801-12-100, CHAT SUNAT en horario de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 6:00 p.m., y sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m., o visite nuestros Centros de Servicios al Contribuyente.
Atentamente,
SUNAT
1 De acuerdo con lo establecido por las Resoluciones de Superintendencia N°s 062-2020/SUNAT, 072-2020/SUNAT, 078-2020/SUNAT y la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Superintendencia N° 077-2020/SUNAT.
Lima, 26 de mayo de 2023”.
Fuente: Web Institucional de Sunat
Para acceder al comunicado, puede ingresar al siguiente enlace: https://tinyurl.com/mt9cvvx4