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¿Cómo realizar la declaración a través del FV N° 1670 relacionado al Impuesto al consumo de bolsas de plástico? – Parte II

Elaborado por Staff de Contadores & Empresas[1]:

En virtud a lo dispuesto en la Ley N° 30884[2], a partir del 01 de agosto del 2019 entró en vigencia el impuesto al consumo de las bolsas de plástico (ICBP) que grava la adquisición de bolsas de plástico, siendo cobrado (percibido) por la persona natural y/o jurídica sujeta del IGV que transfiera las bolsas de plástico en el momento de la emisión del comprobante de pago correspondiente. La administración de dicho impuesto le corresponde a la Sunat y el formulario para efectuar su declaración es el Formulario Virtual N° 1670. En la segunda parte de la presente nota, se tratan los principales aspectos sobre la declaración y pago del ICBP mediante el formulario virtual N° 1670.

  1. ¿Quién es el sujeto obligado a presentar el formulario virtual 1670?

El sujeto obligado a presentar el formulario virtual 1670 es el agente de percepción[3] del impuesto[4]

2. ¿Cuál es el plazo para la presentación del formulario virtual 1670?

El plazo que tiene el agente de percepción para declarar y pagar el monto total del impuesto percibido en el periodo[5], es de acuerdo con el cronograma aprobado por la Sunat para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias mensuales[6].

3. ¿Cuál es la forma de presentación del formulario virtual 1670?

El contribuyente podrá realizar la presentación del formulario 1670, mediante Sunat Operaciones en Línea – Mis Declaraciones y Pagos, Nueva plataforma / Mis declaraciones y pagos / Presentación y pago / Pago y presentación de otras declaraciones / Impuesto al Consumo de Bolsas de Plástico – 1670[7]:

Posteriormente, se deberán seguir los siguientes pasos:

PASO 1:

Al ingresar a la opción Impuesto al Consumo de Bolsas de Plástico -1670, deberá completar la siguiente información:

Completada la información, deberá darle clic en Agregar a bandeja.

PASO 2:

Luego, en caso presente la declaración con monto cero, se generará de manera automática la constancia de presentación, caso contrario si va a declarar y pagar en ese momento se direcciona a la opción de pasarela de pagos en la cual deberá escoger el medio por el cual va a cancelar el tributo[8]. Seguidamente, deberá dar clic en la opción Presentar y pagar:

PASO 3:

Finalmente, se genera la constancia de presentación, único comprobante de la operación efectuada por el agente de percepción:

La constancia de presentación se emite de acuerdo a[9]:

Asimismo, hay que tener presente que la referida constancia puede ser impresa, guardada y/o enviada al correo electrónico que señale el agente de percepción.

4. ¿Cómo realizo el pago del ICBP en caso se haya declarado sin pago?

De haberse presentado la declaración sin pago, (el mismo que se va a efectuar posteriormente), se tendría que realizar mediante el formulario 1662[10] en el cual va a consignar la siguiente información:

5. ¿Cuáles son las causales de rechazo del formulario virtual 1670?

Las causales de rechazo del formulario virtual Nº 1670 – Impuesto al consumo de bolsas de plástico – Agente de percepción son las siguientes[11]:

De igual manera, se rechazará la declaración[12] cuando esta no se pueda presentar debido a un corte en el sistema.

Sobre lo anterior, hay que tener en cuenta que cuando se produzca alguna de las referidas causales de rechazo, la declaración jurada se considera como no presentada.

6. ¿Se puede sustituir o rectificar el formulario virtual 1670?

Sí es posible sustituir o rectificar la declaración del impuesto mediante el formulario virtual Nº 1670 – Impuesto al consumo de bolsas de plástico – Agente de percepción. Para tal efecto, el agente de percepción deberá ingresar nuevamente todos los datos de la declaración, inclusive aquella información que no desea sustituir o rectificar[13].

[1] Información tomada del Informe: “Guía práctica para el llenado del formulario N° 1670 “Impuesto al consumo de bolsas de plástico – Agente de percepción” publicado en la 1º quincena de octubre 2022 de la revista C&E cuyo autor es Julio Villanueva Trauco.

[2] Denominada “Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables”.

[3] El agente de percepción del ICBP es la persona natural y/o jurídica sujeta del Impuesto General a las Ventas (IGV) que transfiera las bolsas de plástico en el momento de la emisión del comprobante de pago correspondiente.

[4] Acorde a lo indicado en el artículo 4 de la RS N° 171-2019/SUNAT.

[5] De acuerdo a lo indicado en el numeral 12.1 y 12.2 del artículo 12 de la Ley N° 30884.

[6] Conforme a lo señalado en el anexo I de la RS N° 000189-2021/SUNAT, modificada por las R.S. N° 000201-2021/SUNAT y la R.S. N° 000117-2022/SUNAT.

[7] Acorde a lo indicado en el artículo 4 y 5 de la RS N° 171-2019/SUNAT.

[8] Los medios por el cual podrá cancelar el tributo son: cargo en cuenta bancaria, cargo en cuenta de detracciones – cuenta convencional, tarjeta de crédito o débito y NPS – Número de pago Sunat.

[9] Según el artículo 7 de la R.S. N° 171-2019/SUNAT.

[10] Acercándose a una agencia bancaria o mediante el formulario virtual 1662, a través de Sunat – Operaciones en línea.

[11] Según el artículo 6 de la R.S. N° 171-2019/SUNAT.

[12] Cualquiera sea la modalidad de pago.

[13] Según el artículo 8 de la R.S. N° 171-2019/SUNAT.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.