Elaborado por Staff de Contadores & Empresas[1]:
Teniendo en cuenta que a partir del periodo enero 2023 inicia de manera gradual la obligatoriedad para la emisión electrónica de las guías de remisión (GRE) por parte de los contribuyentes, en caso se presenten algunas circunstancias que imposibilite el arribo al punto de llegada consignado, transbordo de la mercadería o haya imposibilidad de entregar los bienes en el punto de llegada, existe la obligación de emitir un nuevo tipo de documento denominado Guía de Remisión por evento (GRE – por evento). Bajo ese contexto, mediante la primera parte de la presente nota, se desarrollarán los principales aspectos a tener en cuenta al momento de realizar la emisión de la mencionada guía de remisión.
1. ¿Qué es la guía de remisión electrónica?
La guía de remisión en general es un documento que sustenta el traslado de bienes entre distintas direcciones, según lo establecido en el artículo 17 del Reglamento de Comprobantes de Pago. En tal sentido, la guía de remisión electrónica o GRE la que es emitida en formato digital a través de un sistema de emisión electrónica válido (SEE) y que contiene el mecanismo de seguridad, se rige por lo dispuesto en la normativa general sobre guías de remisión emitidas de manera electrónica[2].
2. ¿Cuáles son los tipos de guía de remisión electrónica
Dentro de los tipos de GRE que se observa en el numeral 4 del artículo 1 de la RS N° 255-2015/SUNAT modificada por la R.S. N° 123-2022/SUNAT tenemos:
(*) De acuerdo a lo señalado en el numeral 3.1 del artículo 3 de la R.S. N° 255-2015/SUNAT y normas modificatorias, esta se emite cuando el traslado se realice mediante la modalidad de transporte privado, así como el público, debiendo emitirla el propietario o poseedor de los bienes al inicio del traslado.
(**) De acuerdo a lo señalado en el numeral 3.1 del artículo 3 de la R.S. N° 255-2015/SUNAT y normas modificatorias, esta se debe emitir cuando el traslado se realice mediante la modalidad de transporte público.
3. ¿Qué es la GRE – por evento?
Es el documento emitido por el remitente o por el transportista para complementar otra GRE (remitente y/o transportista) emitida por el mismo sujeto con anterioridad, debido a la ocurrencia de ciertos hechos no imputables a él[3].
4. ¿En qué supuestos se debe emitir la GRE – por evento?
Las GRE – por evento se debe emitir en los siguientes casos[4]:
5. Oportunidad de su emisión
Cabe señalar que la GRE – por evento debe ser emitida, tratándose del transporte público o privado, luego de ocurrida la causal que imposibilite arribar al punto de llegada, impida entregar los bienes trasladados a otro punto de llegada u obligue a transbordar los bienes a otra unidad de transporte, pero antes del reinicio del traslado o transbordo de los bienes[5].
6. ¿Cuáles son los medios por el cual se puede emitir la GRE – por evento?
Los únicos medios por el cual se pueden emitir la GRE – por evento son[6]:
[1] Información tomada del Informe: “Guía de remisión electrónica por evento: pautas para su emisión mediante Sunat Operaciones en Línea (SOL) y el APP Emprender-Sunat” publicado en la 1º quincena de enero 2023 de la revista C&E cuyo autor es Julio Villanueva Trauco.
[2] De acuerdo a lo indicado por el numeral 23 del artículo 2 de la R.S. N° 188-2010/SUNAT y modificatorias.
[3] Conforme a lo indicado en el numeral 12 del artículo 1 de la R.S. N° 255-2015/SUNAT y normas modificatorias.
[4] De acuerdo a lo señalado en el artículo 7 de la R.S. N° 255-2015/SUNAT y normas modificatorias.
[5] Según el numeral 4.3 del artículo 4 de la R.S. N° 255-2015/SUNAT y normas modificatorias.
[6] Conforme a lo señalado en el artículo 6 de la R.S. N° 255-2015/SUNAT, el artículo 18 de la R.S. N° 188-2010/SUNAT y el artículo 32 de la RS N° 097-2012/SUNAT y sus respectivas normas modificatorias.