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Check list contable al cierre del ejercicio 2020

Para efectuar el cierre contable correspondiente al ejercicio 2020, apreciamos que resulta muy importante realizar el análisis e impacto de los efectos producidos por el COVID-19, el estado de emergencia nacional, la emergencia sanitaria y la cuarentena obligatoria[1]. Este proceso requiere considerar los efectos tanto en el ejercicio 2020 como en los próximos ejercicios, ya que ello tiene implicancias en los Estados Financieros que deben prepararse observando los requerimientos previstos en las NIIF. Así, entre otros, en virtud del análisis de los impactos y/o efectos, se deben revisar las políticas contables, estimaciones y revelaciones.A continuación, mencionamos los principales tópicos que –según nuestro entender– en una empresa se deben considerar al cierre del ejercicio 2020:Evaluar la hipótesis de la empresa en marcha. El párrafo 25 de la NIC 1 requiere que se revele si se advierten incertidumbres importantes, relacionadas con eventos o condiciones que puedan suscitar dudas significativas sobre la posibilidad de la entidad para continuar como un negocio en marcha.Analizar las transacciones más relevantes realizadas por la compañía, en conjunto con la gerencia y los funcionarios de las áreas involucradas, y verificar que se cuente con la respectiva y suficiente documentación sustentatoria.Evaluar los principales impactos del COVID-19 en función de las operaciones más significativas de la compañía. Revisar y adecuar políticas contables alineadas con las NIIF. Importante: relevancia, representación fiel y política de materialidad.Efectuar las estimaciones y provisiones contables de acuerdo a las NIIF.Analizar la incidencia tributaria respecto a las actividades más importantes realizadas por la compañía, considerando las principales medidas dictadas por el Gobierno y los beneficios aplicables. Identificar aquellas que podrían generar incertidumbre respecto al tratamiento otorgado.Determinar las diferencias temporarias y calcular el Impuesto a la Renta diferido observando los requerimientos de la NIC 12: Impuesto a las Ganancias. Así, por ejemplo, para reconocer un activo tributario diferido se debe estimar que se contará con suficientes ganancias imponibles en ejercicios futuros.Definir las principales revelaciones, incluyendo incertidumbres y riesgos asociados.Bajo el marco de lo requerido por la NIC 10, evaluar posibles hechos posteriores que podrían producirse después del periodo sobre el que se informa (2020), para determinar si implican ajustes y/o requieren revelaciones.Finalmente, resulta recomendable que la gerencia elabore una hoja de ruta de los principales aspectos que deben ser observados durante todo el proceso contable hasta la elaboración y formulación de los Estados financieros 2020.Mg. Rosa Ortega Salavarría[1] Aplicable hasta el mes de junio de 2020, salvo algunos departamentos, regiones o lugares en los cuales se mantuvo cuarentena focalizada en meses posteriores.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.