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Certificado Único Laboral para toda persona de 18 años a más

El Poder Ejecutivo, en días recientes, aprobó el Decreto Supremo N°014-2023-TR, mediante el cual establece las normas reglamentarias de la Ley N°31760, Ley que regula las disposiciones correspondientes al Certificado Único Laboral.

¿Qué disposiciones relevantes contiene el Decreto Supremo N°014-2023-TR?

De acuerdo con un informe legal del Estudio Muñiz entre las principales disposiciones, tenemos:

• El Certificado Único Laboral (CUL) es gratuito y virtual, para toda persona de 18 años a más, sean ciudadanos peruanos o extranjeros, que necesita su información en el marco de procesos de postulación o contratación laboral dentro del territorio nacional.

• El CUL contiene la siguiente información:

Datos de identidad.

– Condición de discapacidad.

– Antecedentes policiales.

– Antecedentes judiciales.

– Antecedentes penales.

– Formación superior universitaria.

– Formación superior pedagógica, superior tecnológica y superior artística.

– Trayectoria educativa respecto a educación técnico-productiva.

– Trayectoria educativa respecto a educación básica.

– Experiencia laboral.

– Fecha de emisión electrónica.

– Vigencia del certificado.

– Código del certificado.

– Firma digital generada con un certificado digital para agente automatizado del MTPE.

– Otra información complementaria necesaria para los fines del CUL.

• En el caso de personas extranjeras la información del CUL corresponde únicamente a los datos disponibles y compartidos a través de la Plataforma Nacional de Interoperabilidad, Sistema de Planillas Electrónicas u otras plataformas que contengan la información necesaria.

• La disponibilidad, cambio y actualización de la información puesta a disposición para el CUL, es permanente y debe ser consistente con los registros y/o base de datos oficiales correspondientes de las entidades proveedoras de esta, y verse reflejada en dicho certificado, garantizando entonces que los datos que se suministren son veraces, exactos y actualizados.

• La vigencia del CUL es de 90 días calendarios desde la fecha de su emisión.

• Para acceder al CUL se debe cumplir los siguientes requisitos:

– Tener 18 años a más.

– Contar con documento de identidad: DNI, Carnet de extranjería y/o CUE – Código Único de Extranjero u otro documento de identidad expedido por MIGRACIONES. En el caso de solicitantes de refugio, asilo y apatridia se aplican las normas especiales correspondientes, así como a partir de la disponibilidad de los sistemas y bases de datos que permitan, en tiempo real, el consumo de la información de su identidad y de su trazabilidad en los demás sistemas de información que brindan datos para el certificado CUL; determinándose a partir de ello, y del análisis de su especial condición migratoria, la información factible a ser presentada en el certificado.

– Poseer una cuenta en la sede digital del Servicio Nacional del Empleo del MTPE 

• Para acceder por primera vez al CUL, se debe ingresar a la sede digital del Servicio Nacional del Empleo del MTPE y crear una cuenta de usuario/a. Culminada la creación de su cuenta de usuario/a, la persona puede ingresar a la sede digital www.empleosperu.gob.pe y emitir su certificado. El último certificado emitido se archiva en la carpeta de certificados del CUL.

• La verificación de la autenticidad del CUL se realiza en el módulo dispuesto en la sede digital www.empleosperu.gob.pe. Para ello se debe completar el formulario de consulta ingresando el código del certificado, el número de documento de identidad del titular del certificado, entre otra información que el MTPE defina.

• La verificación de la autenticidad del CUL se puede hacer hasta los 12 meses posteriores contados desde la emisión del CUL, a través de este canal digital. Con posterioridad a dicho periodo, la verificación del certificado para el sector público puede realizarse mediante los procedimientos que establezca el MTPE.

• Es responsabilidad del/de la usuario/a resguardar la información de acceso a la cuenta de usuario/a de la sede digital del MTPE y es responsabilidad del empleador mantener la confidencialidad de la información contenida en el CUL, cuando esta sea entregada por el/la usuario/a.

¿Qué normas deroga el Decreto Supremo N°014-2023-TR?

A la entrada en vigor del presente reglamento quedan derogados el Decreto Supremo Nº 014-2018-TR, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1378, Decreto Legislativo que fortalece y extiende la accesibilidad al Certificado Único Laboral para Jóvenes; y, el Decreto Supremo Nº 014-2020-TR, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1498, Decreto Legislativo que otorga accesibilidad al Certificado Único Laboral para Personas Adultas ante el impacto del COVID-19, así como sus respectivas normas modificatorias.

¿Cuándo entra en vigor?

El presente Decreto Supremo entra en vigor a partir del día siguiente de su publicación, esto es desde el día 31 de diciembre del 2023.

Fuente: El Peruano

Fecha: 12/01/2024

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.