La Sunat ha incorporado nuevos supuestos de personas naturales que se encuentran obligadas a presentar la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta para el ejercicio 2017, pese a la publicación de la devolución automática de pagos en exceso.Así, los sujetos obligados son en principio los que perciben rentas de cuarta categoría (trabajadores independientes) o cuarta y quinta categoría que cuenten con un saldo a favor del Impuesto a la Renta. A estos se le adiciona los que tengan rentas de fuente extranjera con un saldo a favor del IR, los trabajadores dependientes con sado a favor cuya deducción de intereses de créditos hipotecarios no fue informada a Sunat y las personas naturales que en el 2017 tuvieron alquileres, ganancias de capital y trabajo independiente o fuente extranjera siempre que tengan un saldo por pagar o arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores.Fecha: 02.03.2018Fuente: Diario Gestión
Aumentan los obligados a presentar la declaración anual del Impuesto a la Renta
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