Cómo es de conocimiento general, a través de la Resolución de Superintendencia Nº 279-2019/SUNAT, se designaron nuevos emisores electrónicos de comprobantes de pago en función de los ingresos anuales que hubieran obtenido al 31 de diciembre de 2019.
Esta norma fue modificada por la Resolución de Superintendencia Nº 000128-2021/SUNAT, publicada el 30 de agosto de 2021, en función de esta modificación, para emitir sus comprobantes a través de alguno de los Sistemas de emisión electrónica[1] previstos en nuestra legislación, los contribuyentes deben considerar lo siguiente:

Para acceder a la norma, puede ingresar al siguiente enlace:
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Fuente: Staff de Contadores & Empresas
Fecha: 30/05/2022
[1] Los comprobantes se podrán emitir a través de alguno de estos sistemas:
- Sistema de Emisión Electrónica – SOL.
- Sistema de Emisión Electrónica desde los Sistemas del Contribuyente.
- Sistema de Emisión Electrónica Facturador SUNAT.
- Sistema de Emisión Electrónica Operador de servicios electrónicos (OSE).