De acuerdo con la legislación vigente, los feriados nacionales son días de descanso obligatorios y remunerados para ambos sectores, público y privado.Aunque septiembre no tiene feriados nacionales, de aquí a diciembre habrá cinco días festivos importantes que otorgarán días de descanso remunerado tanto para el sector privado como público.
Estos días son: 8 de octubre (Combate de Angamos), 1 de noviembre (Día de Todos los Santos), 8 de diciembre (Inmaculada Concepción), 9 de diciembre (Batalla de Ayacucho) y 25 de diciembre (Navidad). Estos feriados deben ser disfrutados como descanso remunerado según el artículo 6 del DL N° 713.
Además, se han establecido días no laborables para el sector público en octubre y diciembre, que deben ser compensados ??en otra fecha.
Estos días son el 7 y 23 de octubre, y el 6, 24, 30 y 31 de diciembre.
Fuente: El Peruano
Fecha: 01/09/2024